viernes, 20 de diciembre de 2013


El Partido Solialista de España (PSOE) se opondrá a

 reformar la Jurisdicción Universal si el Gobierno lo 

intenta.




Para Alex Saez, portavoz socialista de Exteriores, “reformar la Ley por presiones de China, dejaría a la luz la debilidad del Gobierno español”.

El grupo parlamentario socialista en el Congreso se opondría a una reforma de la Jurisdicción Universal si el Gobierno pretendiera realizarla según ha manifestado a ELPLURAL.COM Alex Sáez, portavoz de la comisión de Exteriores por el PSOE en el congreso de los Diputados. En su opinión, si se reformara la Ley por presiones del ejecutivo chino, “quedaría a la luz la debilidad del Gobierno español”.

El auto de noviembre de la Audiencia Nacional dictando una orden de busca y captura contra el expresidente Jiang Zemin, el ex primer ministro Li Peng, y otros tres miembros del ejecutivo acusados de un delito de genocidio contra el pueblo tibetano, produjo una reacción diplomática del país asiático que Alex Saez, describió a ELPLURAL.COM como “vehemente”.

La representación china mostró su enojo

“Los miembros de la Comisión de Exteriores tuvimos una reunión con representantes de la embajada de la República Popular China y nos trasladaron el enojo de las autoridades ante el actual proceso en la Audiencia Nacional contra estos dirigentes. Jian Zemin. Los chinos lo toman con vehemencia y trasladan su opinión con escaso respeto a la independencia judicial, a la legislación española y a la posibilidad que tienen nuestros jueces de realizar este tipo de actuaciones”, explicó el diputado.

El artículo cuestionado
El artículo 23 de la LOPJ posibilita a los tribunales españoles la competencia para enjuiciar, entre otros, los delitos de genocidio y lesa humanidad, siempre que “sus presuntos responsables se encuentren en España o existan víctimas de nacionalidad española o algún vínculo de conexión relevante con España” y que no se haya iniciado una causa por los mismos hechos

Reformar para no procesar
El periódico El País, informaba ayer que el Ministerio de Justicia presentará en enero una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial para modificar el artículo 23 añadiendo condiciones tales como por ejemplo, que la víctima fuese española en el momento en el que sufrió el delito y no se nacionalizase después, (caso del denunciante tibetano). También se podría exigir, como en Italia, que la víctima fuese española al menos dos años antes de que sufriera el presunto delito.

Disgusto en el PSOE por la reforma anterior
La condición ahora vigente de que existan víctimas de nacionalidad española o con conexión relevante fue una modificación que se introdujo en el año 2009. Alex Saez recuerda que “entonces en el grupo socialista internamente hubo disgusto cuando se planteó esa posibilidad.

Voces en contra en el 2009
“Antes de esa fecha, la Jurisdicción Universal contemplaba cualquier tipo de delito en este sentido, pero lo limitamos en este articulo 23 y en el grupo socialista se alzaron muchas voces internas que defendieron la no reforma de ese artículo.

Sin efectos retroactivos
“Desde luego acotar la jurisdicción universal a que haya ciudadanos españoles es el límite que debe mantenerse. Pero es que además, la reforma no tiene efectos retroactivos, las querellas interpuestas seguirán su curso en la Audiencia Nacional.”

Prestigio internacional de España
En el caso de que el Gobierno plantee la reforma del artículo 23, nos opondremos”, afirmó el portavoz socialista. “La reciente historia de que los tribunales españoles pudieran entrar a investigar genocidio y crímenes de lesa humanidad, le ha dado a España prestigio como país en la vanguardia de la defensa de esos derechos”.

Deber de perseguir
“Por otra parte –añadió- en tanto no exista un Tribunal Penal Internacional que tenga jurisdicción universal de verdad, es el deber de países como el nuestro ejercer una cierta posición de persecución de estos tiempo de delitos máxime cuando hay españoles víctimas de estos delitos”. Actualmente, Estados Unidos, Rusia, y China no aceptan la jurisdicción de esta Corte Penal Internacional.

Debilidad del Gobierno
El diputado no está convencido de que el Ministerio de Justicia vaya a plantear esta modificación: “Otra cosa es que hubiera una reforma más amplia de la Ley Orgánica del Poder Judicial para temas autonómicos o territoriales y se incluyera con ese motivo. Pero hacerlo así, reformar la jurisdicción universal por presiones de China, dejaría a la luz la debilidad del Gobierno español.

No es retroactivo pero…
Lydia Vicente, directora ejecutiva de Rights International España manifestó por su parte a ELPLURAL.COM: “Aunque reformasen la Ley Orgánica del Poder Judicial, dicha reforma no podría aplicarse de forma retroactiva. “Pero recuerda también que en la anterior querella sobre Tíbet presentada en el año 2008, el Ministerio Fiscal procedió en 2010 al archivo de las actuaciones alegando la modificación citada del año 2009.

Con tres votos en contra
El archivo de este asunto fue confirmado por la Sala de lo Penal del Supremo con el voto particular de tres magistrados que alegaban el carácter absoluto del principio de justicia universal y que la aplicación retroactiva de la nueva ley afecta al derecho fundamental de acceso a la justicia

Motivos de interés general
Según el relato de El País, Justicia estudia además que sea el fiscal quien decida llevar adelante estos procedimientos e introducir la novedad de que sea el Gobierno quien pueda invocar motivos de interés general par que los jueces españoles no puedan investigar delitos de genocidio en otros países. También consideran que la existencia de la Corte Penal Internacional hace innecesaria la investigación de estos delitos por parte de España.

El fiscal decide
A esto, señala Lydia Vicente: “La nueva Ley Procesal Penal (que reformaría la Ley de Enjuiciamiento Criminal) ya contempla este protagonismo del fiscal. En el borrador se restringe la acusación popular (sólo prevista para víctimas de terrorismo) y la instrucción la liderarían los fiscales. Se añade un principio de oportunidad, es decir, que la fiscalía podría decidir en qué casos ejerce la acción penal y cuando no.”

La reforma ya está
“La situación sería, por tanto, que si las ONG o asociaciones ya no podrán ejercer la acción popular, unido a que se produce un cambio de modelo radical en un Estado donde no existe cultura jurídica de independencia del Ministerio Fiscal, ya tenemos una reforma velada del principio de jurisdicción universal que ya está sobre la mesa sin necesidad de reforma la LOPJ”, continúa la especialista en Derechos Humanos.

Obligación de los Estados
“En cuanto al argumento de que ya existe una Corte Internacional Penal que tiene que investigar este tipo de crímenes, es igualmente tergiversado. El sistema de la CPI se basa sobre la complementariedad respecto de las jurisdicciones nacionales de los Estados Partes. Por ese motivo, indica Lydia Vicente, el preámbulo del Estatuto de Roma de la CPI afirma que “es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales”.

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